Redacción BM Editores.
El pasado 11 de abril de 2025, el director General de Salud Animal del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (Senasica), MVZ Juan Gay Gutiérrez, emitió una circular a todas las personas físicas y morales que sean propietarias, intermediarios, comercializadores que realicen actividades relacionadas con la movilización y transporte de ganado, en donde indica que tomen en cuenta el riesgo que representa el Gusano Barrenador del Ganado (GBG).
Expresó que en los últimos meses se ha observado un avance exponencial en el número de detecciones de miasis por GBG en el sur de México, situación que toma mayor relevancia debido a que se han identificado diversos casos más al norte de la Primera Barrera de Contención, conformada por los tres Puntos de Verificación e Inspección Federal (PVIF), ubicadas en los Centros de Atención Integral al Tránsito Fronterizo (CAITF) en La Trinitaria, Huixtla y Catazajá, Chiapas.
Con el objeto de mitigar este riesgo de diseminación de la plaga hacia estados que hasta el momento se encuentran libres de este problema zoosanitario, todos los cargamentos de ganado que tengan como origen los municipios ubicados al norte de la Primera Barrera de contención contra GBG, deberán cumplir, previo a la movilización, con las disposiciones establecidas.
Agregó que dichos cargamentos tendrán que cruzar y detenerse obligatoriamente en los PVIF que contempla la Segunda Barrera de Contención contra GBG, que están ubicados en Agua Dulce, Veracruz, Calera, en Arriaga, Chiapas y Pedregal, en las Choapas, Veracruz.
Quedarán exentos aquellos cargamentos que hayan transitado por los PVIF de la Primera Barrera de Contención, ubicados en La Trinitaria, Huixtla o Catazajá, siempre y cuando presenten la documentación correspondiente, que será verificada por el personal que conforman la Segunda Barrera.
Explicó que se bajará el ganado del transporte en los puntos que tengan la infraestructura necesaria para tal fin, en su caso se podrán inspeccionar dentro del vehículo de transporte especies como los toros de lidia y búfalos, equinos, ovinos, caprinos y porcinos.
Se hará una inspección visual minuciosa por personal adscrito en los puntos de verificación con la finalidad de detectar animales con heridas o gusaneras; el ganado será bañado por aspersión con producto de efecto larvicida según el propósito de los animales.
Se aplicará ivermectina al 1% a la totalidad del ganado bovino, ovino y caprino, según su propósito declarado, exceptuando a los equinos. Si se llegan a identificar heridas, éstas se lavarán y curarán y en caso de detectar gusaneras, se tomarán muestras de larvas para el diagnóstico, que serán canalizadas de inmediato al Centro Nacional de Referencia en Parasitología Animal y Tecnología Analítica (CENAPA) para la identificación taxonómica y en su caso confirmar o descartar la presencia de GBG.
No obstante, después de realizar las acciones descritas, en caso de no identificar la presencia de larvas de GBG, se procederá al flejado del medio de transporte y se emitirá la constancia de tratamientos preventivos para GBG, procediendo a la liberación del cargamento.
Finalmente, en caso de que se confirme la presencia de GBG en uno o más animales, el personal destacado en el punto, levantará un acta circunstanciada y el cargamento se retornará a su lugar de origen, bajo el procedimiento de guarda, custodia y responsabilidad, Los gastos que se originen serán con cargo al propietario o responsable de los animales.