La NOM-222 permitirá el ingreso al país de leche en polvo de calidad

Redacción BM Editores.

El pasado viernes 8 de julio, entró en vigor el cumplimiento de la Norma Oficial Mexicana 222-SCFI/SAGARPA-2018, con el propósito de garantizar que el ingreso de leche en polvo o leche deshidratada a nuestro país cumpla con la calidad adecuada y el consumidor nacional tenga acceso a un alimento con estándares favorables.

Vicente Gómez Cobo, presidente de la Federación Mexicana de Lechería (FEMELECHE), expuso que los productos que no cumplen con esas normas generan una competencia desleal tanto para los productores nacionales como los importadores.

El paso que se da ahora, dijo, materializa una aspiración en la que  FEMELECHE y sus agremiados se han manifestado desde hace muchos años, ya que contribuye a proteger que la leche en polvo o deshidratada que ingresa a México cumpla con la NOM 222 antes de permitir su ingreso al país, con lo que se ayuda a dar certeza al consumidor y a ordenar el mercado de la leche en México.

La disposición que entró en vigor el día 8 de julio, se desprende del acuerdo por el que la Secretaría de Economía (SE) emite reglas y criterios de carácter general en materia de comercio exterior.

Dicho acuerdo apareció en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 9 de mayo pasado, el cual señala que tanto la leche en polvo o leche deshidratada descremada, parcialmente descremada y entera para consumo humano debe sujetarse al cumplimiento de la NOM 222 y realizar el procedimiento que acredita su cumplimiento a fin de asegurar que se cumple con lo que marcan las regulaciones mexicanas.

En la modificación del anexo 2.4.1 del documento publicado en el DOF se identifican las fracciones arancelarias de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación en las que se clasifican las mercancías sujetas al complimiento de la NOM’s en el punto de entrada al país, y en el de su salida.

Menciona, entre otras especificaciones, a las fracciones arancelarias de leche en polvo o deshidratada descremada y la leche en polvo o deshidratada parcialmente descremada y entera. Cabe destacar que el año pasado México importó 3 mil millones de litros equivalentes de leche en polvo, que representaron un valor de 934.5 millones de dólares, de acuerdo con la Secretaría de Economía.

La NOM 222, que se refiere a las especificaciones fisicoquímicas, información comercial y métodos de prueba de las leches en polvo y deshidratada para consumo humano fue publicada el 31 de enero de 2019.

Cabe destacar que esta es la primera NOM de lácteos que se logra incluir en el anexo 2.4.1.

Es preciso puntualizar, señaló Gómez Cobo, que FEMELECHE seguirá trabajando para que las demás Normas Oficiales de Lácteos puedan ser incluidas en este anexo para darle certeza al consumidor y mayor orden al mercado de leche en el país.

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