Aprueba Cuba peleas de gallos y sacrificios de naturaleza religiosa

Redacción BM Editores.

En una decisión sorprendente, el Consejo de Estado de Cuba publicó el decreto de Ley de Bienestar Animal, el primero en su historia de la Isla, con multas para quienes los maltraten, pero dejando autorizadas las peleas de gallos y los sacrificios de naturaleza religiosa.

La legislación es considerada un triunfo de la sociedad civil cubana, después de años de movilización de los protectores de los animales que protagonizaron en 2019 la primera protesta independiente y de carácter no político autorizada en seis décadas de revolución socialista.

El texto de la legislación plasma que “es un reclamo de nuestra sociedad la implementación de disposiciones normativas que garanticen el bienestar animal y que a la vez contribuyan a concientizar a nuestra población en el cuidado y respeto a los mismos“.

Añade que con el decreto se trata “de lograr una relación armónica entre los seres humanos y el resto de las especies, como condición insoslayable para la existencia de todos“.

En el artículo nueve de la Ley se estipula que se “prohíbe a las personas inducir el enfrentamiento entre animales de cualquier especie, con excepción del que apruebe la autoridad competente“.

Las peleas de perros quedan prohibidas, pero las de gallos de lidia -muy criticadas socialmente- quedan autorizadas en el decreto siempre que ocurran en los “clubes gallísticos” del estatal Grupo Empresarial de Flora y Fauna.

Las peleas de gallos son una tradición en Cuba e incluso la propiedad del padre de Fidel Castro contaba con una valla de gallos.

Tampoco prohíbe los sacrificios de animales en cultos de origen africano como la santería, traídos al país en tiempos de la esclavitud.

En este caso hay algunas observaciones y descripciones que a muchos han asombrado, como la de que en estas prácticas “el sacrificio de los animales se realiza de forma compasiva y rápida, con evitación del dolor y el estrés” y debe hacerse con métodos previstos en la ley.

La norma jurídica que Cuba impulsa considera y protege como animales a “cualquier mamífero, ave, abejas, reptiles, peces, moluscos, crustáceos y anfibios” y entiende por bienestar animal, “el adecuado estado físico y mental de un animal en relación con las condiciones en las que vive y muere“.

Exige que los animales “deben ser atendidos, cuidados y protegidos por el hombre, para crecer al ritmo natural según su especie, con la satisfacción de sus necesidades básicas“, y prevé multas de entre 500 y 4 mil pesos cubanos (21 y 167 dólares) para quienes violen esta Ley.

×
BM Editores We would like to show you notifications for the latest news and updates.
Descartar
Permitir Las Notificaciones