Con información de la UNA.
La Unión Nacional de Avicultores (UNA), publicó en su órgano informativo “Tribuna Avícola”, que, la semana pasada se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se modifica el diverso por el que se exenta el pago de arancel de importación y se otorgan facilidades administrativas a diversas mercancías de la canasta básica y de consumo básico de las familias. (DECRETO CERO ARANCEL).
En el mismo, se establecen las fracciones arancelarias que se eliminan para el 2026 del derecho del cero arancel:
– Animales vivos de la especie bovina.
– Carne de animales de la especie bovina, fresca o refrigerada.
– Carne de animales de la especie bovina, congelada.
– Carne de animales de la especie porcina, fresca, refrigerada o congelada.
– Filetes y demás carne de pescado (incluso picada), frescos, refrigerados o congelados, (tilapia).
– Leche y nata (crema), sin concentrar, sin adición de azúcar ni otro edulcorante.
– Leche y nata (crema), concentradas o con adición de azúcar u otro edulcorante.
– Hortalizas de vaina secas desvainadas, aunque estén mondadas o partidas, (frijol).
– Arroz.
– Aceite de soja (soya) y sus fracciones, incluso refinado, pero sin modificar químicamente.
– Aceites de girasol, cártamo o algodón, y sus fracciones, incluso refinados, pero sin modificar químicamente.
– Embutidos y productos similares de carne, despojos, sangre o de insectos; preparaciones a base de estos productos.
Así mismo se establece que, las Empresas Importadoras de Productos de la Canasta Básica registradas en el “Padrón de Importadores de Productos de la Canasta Básica”, que acrediten haber celebrado un contrato entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025, para la adquisición de las mercancías eliminadas, podrán aplicar los beneficios contenidos en el Decreto del 6 de enero de 2023 y sus posteriores modificaciones, hasta el 31 de marzo de 2026, siempre que a más tardar el 9 de enero de 2026 presenten ante el Servicio de Administración Tributaria dichos contratos, incluyendo en el caso de contratos marco, las órdenes de compra relacionadas, conforme a las reglas de carácter general que al efecto emita dicho órgano administrativo desconcentrado.
“Al respecto, como Unión Nacional de Avicultores (UNA), vale la pena mencionar que durante el 2025 elaboramos análisis y documentos dirigidos a SADER, SHCP y Economía, e igualmente nos reunimos con funcionarios de esas dependencias, para solicitar la exclusión del pollo del PACIC”, se indica en “Tribuna Avícola”.
Y se agrega que, “En dichos documentos y reuniones expusimos que el PACIC no ha cumplido con su objetivo de beneficiar al consumidor final. Demostramos, con sustento en fuentes oficiales, que hay un fuerte margen entre el precio de importación y el de venta al consumidor final: el beneficio se concentró en eslabones comerciales. Aun así, la autoridad no excluyó a nuestro sector”.
La nota concluye indicando que: “Para el año que comienza continuaremos con esta gestión ante las autoridades, destacando que no excluirnos del PACIC es contrario a instrumentos de política pública, como el Plan México, que buscan incentivar la inversión y reducir nuestra dependencia de las importaciones”.









